Ley de derechos de autor de los Estados Unidos



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La ley de derechos de autor de los estados unidos subvenciones monopolio protección de las "obras originales de autoría". Con el propósito declarado de promover artículo y cultura, la ley de derechos de autor asigna un conjunto de derechos exclusivos a los autores: hacer y vender copias de sus obras, crear obras derivadas y ejecutar o exhibir sus obras públicamente. Estos derechos exclusivos están sujetos a un límite de tiempo y generalmente expiran 70 años después de la muerte del autor o 95 años después de la publicación. En los Estados Unidos, funciona publicado antes del 1 de enero de 1928, son de dominio público.

Estados Unidos derechos de autor, La ley fue revisada en general por última vez por el Ley de derecho de autor de 1976, codificado en Título 17 del Código de los Estados Unidos. La Constitución de los Estados Unidos otorga explícitamente al Congreso el poder de crear leyes de derechos de autor bajo el Artículo 1, Sección 8, Cláusula 8, conocido como el Cláusula de derechos de autor. Bajo la Cláusula de Derechos de Autor, Congreso tiene la facultad de "Promover el Progreso de la Ciencia y las Artes útiles, asegurando por Tiempos limitados a los Autores e Inventores el Derecho exclusivo sobre sus respectivos Escritos y Descubrimientos".

La Oficina de derechos de autor de Estados Unidos gestiona el registro de derechos de autor, la grabación de transferencias de derechos de autory otros aspectos administrativos de la ley de derechos de autor.

Historia

Estados Unidos derechos de autor, La ley remonta su linaje a los británicos. Estatuto de Ana, que influyó en la primera ley federal de derechos de autor de EE.UU., la Ley de derecho de autor de 1790. La duración del copyright establecido por los Padres Fundadores era de 14 años, más la posibilidad de renovarlo una vez, por 14 más. 40 años después de la conquista española, el plazo inicial se cambió a 28 años.

No fue sino hasta 180 años completos después de su establecimiento que se extendió significativamente más allá de eso, a través de la Ley de derecho de autor de 1976 a "O 75 años o la vida del autor más 50 años" y el Sonny Bono Ley de extensión del plazo de los derechos de autor de 1998 (también llamada "Ley de Protección de Mickey Mouse", porque impedía que los derechos de autor expiraran en el primer éxito comercial de la Disney personaje animado Mickey Mouse), que lo aumentó aún más, a 120 años, o la vida del autor más 70 años, lo que termine antes.

Propósito de los derechos de autor

El Congreso tendrá Facultad para promover el Progreso de la Ciencia y las Artes útiles, asegurando por Tiempos limitados a los Autores e Inventores el Derecho exclusivo sobre sus respectivos Escritos y Descubrimientos.

El objetivo de la ley de derechos de autor, tal como se establece en la Cláusula de derechos de autor de la Constitución de los EEUU, es "promover el Progreso de la Ciencia y las Artes útiles, asegurando por Tiempos limitados a Autores e Inventores el Derecho exclusivo sobre sus respectivos Escritos y Descubrimientos". Esto incluye incentivar la creación de arte, literatura, arquitectura, música y otras obras de autoría. Al igual que con muchas doctrinas legales, la efectividad de la ley de derechos de autor para lograr su propósito declarado es un tema de debate.

Obras sujetas a la ley de derechos de autor

La ley de derechos de autor de los Estados Unidos protege las "obras originales de autoría" fijadas en un medio tangible, incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas y otras obras intelectuales. Esta protección está disponible tanto para obras publicadas como inéditas. La ley de derechos de autor incluye los siguientes tipos de obras:

  • Literario
  • Instrumento musical
  • Dramático
  • Pantomimas y obras coreográficas
  • Obras pictóricas, gráficas y escultóricas
  • Obras audiovisuales
  • Grabaciones de sonido
  • Trabajos derivados
  • Recopilaciones
  • Obras arquitectonicas

Dicotomía idea-expresión

La ley de derechos de autor protege la "expresión" de una idea, pero los derechos de autor no protegen la "idea" en sí. Esta distinción se denomina dicotomía idea-expresión. La distinción entre "idea" y "expresión" es fundamental para la ley de derechos de autor. Desde el Ley de derecho de autor de 1976 (17 USC Sección 102):

En ningún caso la protección de los derechos de autor de una obra original de autoría se extiende a ninguna idea, procedimiento, proceso, sistema, método de operación, concepto, principio o descubrimiento, independientemente de la forma en que se describa, explique, ilustre o incorpore. en tal trabajo.

Por ejemplo, un artículo que describe una teoría política tiene derechos de autor. El papel es el expresión de las ideas del autor sobre la teoría política. La teoría en sí es sólo un idea, y no tiene derechos de autor. Otro autor es libre de describir la misma teoría en sus propias palabras sin infringir los derechos de autor del autor original.

Aunque fundamental, la dicotomía idea-expresión suele ser difícil de poner en práctica. Las personas razonables pueden estar en desacuerdo acerca de dónde termina la "idea" no protegida y comienza la "expresión" protegida. como juez mano aprendida decirlo: "Obviamente, no se puede afirmar ningún principio en cuanto a cuándo un imitador ha ido más allá de copiar la 'idea' y ha tomado prestada su 'expresión'. Por lo tanto, las decisiones deben ser inevitablemente ad hoc".

Recopilaciones de hechos y doctrina del sudor de la frente

Los meros hechos no tienen derechos de autor. Sin embargo, compilaciones de hechos se tratan de manera diferente y pueden ser material protegido por derechos de autor. La Ley de Derechos de Autor, Sección 103, permite la protección de derechos de autor para "compilaciones", siempre que haya algún acto "creativo" u "original" involucrado en el desarrollo de la compilación, como en la selección (decidir qué hechos incluir o excluir) y el arreglo (cómo se muestran los hechos y en qué orden). La protección de los derechos de autor en las compilaciones se limita a la selección y ordenación de los hechos, no a los hechos en sí.

La Corte Suprema de Justicia decisión en Feist Publications, Inc., v. Rural Telephone Service Co. aclaró los requisitos para los derechos de autor en las compilaciones. El caso Feist negó la protección de los derechos de autor a una guía telefónica de "páginas blancas" (una compilación de números de teléfono, enumerados alfabéticamente). Al dictar esta sentencia, la Corte Suprema rechazó el "sudor de la frente" doctrina. Es decir, la protección de los derechos de autor requiere creatividad, y ninguna cantidad de trabajo duro ("sudor de la frente") puede transformar una lista no creativa (como una lista alfabética de números de teléfono) en un tema sujeto a derechos de autor. -la recopilación selectiva de datos (p. ej., números de teléfono alfabéticos) no puede protegerse mediante derechos de autor.

Articulos útiles

Los derechos de autor protegen la expresión artística. Los derechos de autor no protegen artículos útiles u objetos con alguna funcionalidad útil. La Ley de derechos de autor establece:

Un "artículo útil" es un artículo que tiene una función utilitaria intrínseca que no es simplemente representar la apariencia del artículo o transmitir información. Un artículo que normalmente forma parte de un artículo útil se considera un "artículo útil".

"el diseño de un artículo útil, tal como se define en esta sección, se considerará una obra pictórica, gráfica o escultórica solo si, y sólo en la medida en que, dicho diseño incorpore características pictóricas, gráficas o escultóricas que puedan identificarse por separado de, y son capaces de existir independientemente de los aspectos utilitarios del artículo".

Sin embargo, muchos diseñadores industriales crean obras que son a la vez artísticas y funcionales. En estas circunstancias, la ley de derechos de autor solo protege la expresión artística de dicha obra, y solo en la medida en que la expresión artística pueda separarse de su función utilitaria.

En 2017, la Corte Suprema de los Estados Unidos otorgó certiorari en el caso Star Athletica, LLC contra Varsity Brands, Inc. para determinar cuándo una "característica pictórica, gráfica o escultórica" ​​incorporada en un artículo útil es elegible para la protección de derechos de autor, sosteniendo que tales características son elegibles para la protección de derechos de autor "solo si la característica (1) puede percibirse como una obra de arte de dos o tres dimensiones separada del artículo útil y (2) calificaría como una imagen, gráfico o figura susceptible de protección". obra escultórica, ya sea por sí misma o fijada en algún otro medio tangible de expresión, si se imaginara separadamente del artículo útil al que se incorpora". estrella atlética comenzó como una demanda de Varsity Brands contra Star Athletica por infringir los derechos de autor de cinco diseños de uniformes de porristas. Aplicando su nueva prueba a los diseños de uniformes de porristas, el tribunal dijo:

Primero, uno puede identificar las decoraciones como características que tienen cualidades pictóricas, gráficas o escultóricas. En segundo lugar, si la disposición de colores, formas, rayas y galones en la superficie de los uniformes de porristas se separara del uniforme y se aplicara en otro medio, por ejemplo, en un lienzo de pintor, calificarían como "bidimensionales... . obras de arte". E imaginativamente, quitar las decoraciones de la superficie de los uniformes y aplicarlas en otro medio no replicaría el uniforme en sí. De hecho, los encuestados han aplicado los diseños en este caso a otros medios de expresión, diferentes tipos de ropa, sin replicar el uniforme. Por lo tanto, las decoraciones son separables de los uniformes y elegibles para la protección de derechos de autor.

Esto produce un umbral relativamente bajo para que las características pictóricas, gráficas o escultóricas de los artículos útiles sean elegibles para la protección de los derechos de autor, lo que un comentarista destacó claramente: estrella atlética decisión "realmente ha asegurado que todos los diseños gráficos, excepto los más sutiles, podrán obtener la protección de los derechos de autor... una vez que determinemos que los diseños 'tienen... cualidades... gráficas... aplicadas... en el lienzo de un pintor', se cumple la prueba de propiedad intelectual. "

Obras del gobierno federal

Las obras creadas por el gobierno federal no tienen derechos de autor. 17 USC Sección 105. Esta restricción de derechos de autor se aplica a las publicaciones producidas por el gobierno de los Estados Unidos y sus agentes o empleados dentro del ámbito de su empleo. El lenguaje específico es el siguiente:

La protección de los derechos de autor en virtud de este título no está disponible para ningún trabajo del Gobierno de los Estados Unidos, pero no se impide que el Gobierno de los Estados Unidos reciba y mantenga los derechos de autor que se le transfieren mediante cesión, legado o de otro modo.

Una "obra del Gobierno de los Estados Unidos" se define en 17 USC Sección 101 como "un trabajo preparado por un funcionario o empleado del Gobierno de los Estados Unidos como parte de los deberes oficiales de esa persona". Tenga en cuenta que los contratistas del gobierno generalmente no se consideran empleados y sus obras pueden estar sujetas a derechos de autor. Asimismo, el gobierno de los EE. UU. puede comprar y mantener los derechos de autor de las obras creadas por terceros.

El gobierno puede restringir el acceso a las obras que ha producido a través de otros mecanismos. Por ejemplo, los materiales confidenciales o secretos no están protegidos por derechos de autor, pero están restringidos por otras leyes aplicables. Sin embargo, incluso en el caso de materiales no secretos, existen prohibiciones específicas contra el acceso automático al trabajo que de otro modo estaría cubierto por 17 USC Sección 105 con fines comerciales.

Las leyes federales y estatales no están protegidas por derechos de autor.

Los estatutos federales, estatales y locales y las decisiones judiciales están en el dominio publico y no son elegibles para los derechos de autor, un concepto conocido como la doctrina de los edictos del gobierno. No es difícil ver las motivaciones detrás de esto:

Los ciudadanos son los autores de la ley, y por lo tanto sus dueños, independientemente de quien realmente redacte las disposiciones, porque la ley deriva su autoridad del consentimiento del público, expresado a través del proceso democrático.

Tres casos clave de la Corte Suprema establecieron esta doctrina de edictos gubernamentales: Wheaton contra Peters (1834) Bancos contra Manchester (1888), y Callaghan contra Myers (1888). La doctrina fue codificada en el Código de los Estados Unidos at 17 USC Sección 105 mediante el Ley de derecho de autor de 1976. La Oficina de Derechos de Autor mantiene esta doctrina dentro de sus propias regulaciones:

Como cuestión de política pública de larga data, la Oficina de derechos de autor de EE. UU. no registrará un edicto gubernamental que haya sido emitido por un gobierno estatal, local o territorial, incluidas las promulgaciones legislativas, las decisiones judiciales, las decisiones administrativas, las ordenanzas públicas o tipos similares de declaraciones oficiales. materiales legales. Asimismo, la Oficina no registrará un edicto gubernamental emitido por cualquier gobierno extranjero o cualquier traducción preparada por un empleado del gobierno que actúe en el ejercicio de sus funciones oficiales.

La Corte Suprema también ha dictaminado que las versiones anotadas de estatutos o decisiones judiciales a nivel federal, estatal y local, cuando tales anotaciones son realizadas por miembros del gobierno como parte de sus funciones, no son elegibles para los derechos de autor en Georgia v. Public.Resource.Org, Inc. (2020).

Derechos exclusivos

Hay seis derechos básicos protegidos por derechos de autor. El propietario de un derecho de autor tiene el derecho exclusivo de hacer y autorizar a otros a hacer lo siguiente:

  • A reproducir la obra en copias o fonogramas;
  • Preparar trabajos derivados basado en el trabajo;
  • A distribuir copias o fonogramas de la obra al público mediante venta u otra transferencia de propiedad, o mediante alquiler, arrendamiento o préstamo;
  • A realizar públicamente la obra, tratándose de obras literarias, musicales, dramáticas, coreográficas, pantomimas, películas cinematográficas y demás obras audiovisuales;
  • A mostrar públicamente la obra, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas y obras pictóricas, gráficas o escultóricas, incluidas las imágenes individuales de una película cinematográfica u otra obra audiovisual.
  • A digitalmente transmitir grabaciones de sonido por medio de transmisión de audio digital.

Una violación de cualquiera de los derechos exclusivos del titular de los derechos de autor es una infracción de derechos de autor, a menos que se aplique el uso justo (o una defensa afirmativa similar).

Autoría, propiedad y trabajo por contrato

El propietario inicial de los derechos de autor de una obra es el autor, a menos que esa obra sea una "obra hecha por encargo".

  • trabajos por contrato. Si una obra se realiza "por contrato" en el sentido de la Ley de derechos de autor, entonces el empleador or fiesta de puesta en marcha se considera que es el autor y poseerá los derechos de autor como si fuera el verdadero autor. Estas circunstancias en las que se puede considerar que una obra es una trabajo a sueldo son:
    • Trabajo preparado por un empleado dentro del ámbito de su empleo. En Community for Creative Non-Violence v. Reid, 490 US 730 (1989), la Corte Suprema sostuvo que el término "empleado" en este contexto debe interpretarse de acuerdo con los principios de agencia del derecho consuetudinario. Si la persona que realiza el trabajo es un "empleado" en el sentido del derecho consuetudinario, y el trabajo se realizó dentro del ámbito de su empleo (si el trabajo es del tipo para el que fueron contratados para preparar; si la preparación se lleva a cabo principalmente dentro de las especificaciones de tiempo y lugar del empleador y si la obra se activó, al menos en parte, con el propósito de servir al empleador), entonces la obra es una obra por contrato y el empleador es el propietario inicial de los derechos de autor.
    • Obras especialmente encargadas o encargadas. Las obras creadas por contratistas independientes (en lugar de empleados) pueden considerarse obras por contrato solo si se cumplen dos condiciones. Primero, el trabajo debe encajar en una de estas categorías: una contribución a un trabajo colectivo, parte de una película u otro trabajo audiovisual, una traducción, un trabajo complementario, una compilación, un texto instructivo, una prueba, material de respuesta para un prueba o un atlas. En segundo lugar, las partes deben acordar expresamente en un instrumento escrito y firmado que la obra será considerada una obra hecha por encargo.

Si una obra no es una obra por contrato, el autor será el propietario inicial de los derechos de autor. El autor generalmente es la persona que concibe la expresión protegida por derechos de autor y la "fija" en un "medio tangible de expresión". Se aplican reglas especiales cuando hay varios autores involucrados:

  • Autoría conjunta: La ley de derechos de autor de EE. UU. reconoce la autoría conjunta en la Sección 101. Los autores de una obra conjunta son copropietarios de un único derecho de autor sobre la obra. Una obra conjunta es "una obra preparada por dos o más autores con la intención de que sus contribuciones se fusionen en partes inseparables o independientes de un todo unitario".
  • obras colectivas: Una obra colectiva es una colección de obras de autoría independientes y sujetas a derechos de autor por separado, como un periódico, una revista o una enciclopedia. En ausencia de una cesión expresa de derechos de autor, el autor de cada obra individual de la colección conserva los derechos de autor de esa obra. El compilador, o autor de la colección, posee los derechos de autor de la expresión que él o ella contribuyó, que es principalmente la selección y el arreglo de las contribuciones por separado, pero puede incluir cosas tales como un prefacio, anuncios, etc., que el autor colectivo creó. .

Transferencias y licencias

Existen tres tipos de transferencias para obras protegidas por derechos de autor.

  • Asignación
  • Licencia exclusiva
  • Licencia no exclusiva

Las dos primeras, cesión y licencia exclusiva, requieren que la transferencia se haga por escrito. Las licencias no exclusivas no necesitan ser por escrito y pueden estar implícitas por las circunstancias. Las transferencias de derechos de autor siempre involucran uno o más de los derechos exclusivos de derechos de autor. Por ejemplo, una licencia puede dar derecho a realizar una obra, pero no a reproducirla ni a preparar una obra derivada (derecho de adaptación).

Los términos de la licencia se rigen por la ley contractual aplicable; sin embargo, existe un debate académico sustancial sobre hasta qué punto la Ley de derechos de autor se antepone a los principios de la ley estatal de contratos.

Un autor, después de transferir un derecho de autor, puede rescindir la transferencia bajo ciertas circunstancias. Este derecho a rescindir la transferencia es absoluto e irrenunciable.

Para obras publicadas antes de 1978, los derechos de autor pueden volver al autor después de 56 años. Por ejemplo, Paul McCartney recuperó los derechos de publicación de los primeros Beatles canciones de Sony Music Publishing, a partir de octubre de 2018.

Para obras publicadas desde 1978, los derechos de autor pueden volver al autor original después de 35 años. 17 USC § 203(a) establece que el autor debe escribir una carta solicitando la rescisión de la concesión de derechos de autor original al menos dos años antes de la fecha de rescisión efectiva.

Limitaciones de los derechos exclusivos

El Título 17, Código de los Estados Unidos, Sección 108 impone limitaciones a los derechos de autor exclusivos a los fines de cierta reproducción limitada por parte de una biblioteca pública o un archivo. El Título 17, Código de los Estados Unidos, Sección 107 también establece límites legales a los derechos de autor que comúnmente se conocen como la excepción de uso justo.

Procedimiento de registro

Anuncio de periódico de finales del siglo XIX sobre servicios de registro de derechos de autor. El texto dice "Copyright estadounidense y extranjero. Patentes y marcas registradas Un copyright lo protegerá de los piratas. Y le hará ganar una fortuna. Si tiene una obra de teatro, un boceto, una foto, un acto, una canción o un libro que vale algo, usted debe protegerlo con derechos de autor. No se arriesgue cuando puede asegurar nuestros servicios a un bajo costo. Envíe nuestra oferta especial para inventores antes de solicitar una patente, le pagará. Manual sobre patentes enviado gratis. Le informamos si es patentable o no. Gratis. Incorporamos sociedades anónimas. Pequeñas tarifas. Consúltenos. Wormelle & Van Mater, Gerentes, Columbia Copyright & Patent Co. Inc, Washington, DC"
Anuncio de periódico de finales del siglo XIX sobre servicios de registro de derechos de autor

Los derechos de autor se otorgan automáticamente al autor de una obra original (que de lo contrario cumple con los requisitos básicos de derechos de autor, discutidos anteriormente). No es necesario registrarse. Sin embargo, el registro amplía los derechos del titular de los derechos de autor de varias maneras. Registro, o denegación de registro, se requiere antes de que se pueda presentar una demanda, y el registro crea la posibilidad de daños "estatutarios" mejorados.

Los derechos de autor se pueden registrar en línea en el sitio web de la Oficina de derechos de autor de EE. UU. La Oficina de derechos de autor revisa las solicitudes en busca de errores obvios o falta de contenido protegido por derechos de autor y luego emite un certificado de registro. La Oficina de derechos de autor no compara el nuevo trabajo del autor con una colección de trabajos existentes ni verifica de otra manera si hay infracciones.

Requisito de depósito

La Oficina de derechos de autor de los Estados Unidos requiere una copia de depósito del trabajo para el cual se solicita el registro de derechos de autor. Los depósitos pueden hacerse a través del Sistema eCO de la Oficina de Derechos de Autor. Este requisito de depósito tiene dos propósitos. Primero, si surge una demanda por infracción de derechos de autor, el propietario puede probar que el material que se infringe es exactamente el mismo material para el cual el propietario obtuvo un registro. En segundo lugar, este requisito ayuda a la Biblioteca del Congreso a construir su colección de obras.[citación necesaria]

El incumplimiento del requisito de depósito, modificado por las normas de la Oficina de Derechos de Autor, se castiga con una multa, pero no da lugar a la pérdida de los derechos de autor.

Avisos de derechos de autor

El uso de avisos de derechos de autor es opcional. El Convenio de Berna, que modifica la ley de derechos de autor de EE. UU. en 1989, hace que los derechos de autor sean automáticos. Sin embargo, la falta de aviso de derechos de autor al usar estas marcas puede tener consecuencias en términos de daños reducidos en una demanda por infracción; el uso de avisos de este tipo puede reducir la probabilidad de que una defensa de "infracción inocente" tenga éxito.

Duración de los derechos de autor

Expansión de EE. UU. término de derechos de autor (asumiendo que los autores crean sus obras a los 35 años y viven 70 años)

La protección de los derechos de autor generalmente dura 70 años después de la muerte del autor. Si el trabajo era un "trabajo por contrato", entonces los derechos de autor persisten durante 120 años después de la creación o 95 años después de la publicación, lo que sea más corto. Para obras creadas antes de 1978, las reglas de duración de los derechos de autor son complicadas. Sin embargo, las obras publicadas antes del 1 de enero de 1928 (aparte de las grabaciones de sonido) han llegado al dominio público.

Obras creadas antes de 1978

Para obras publicadas o registradas antes de 1978, la duración máxima de los derechos de autor es de 95 años a partir de la fecha de publicación, si los derechos de autor se renovaron durante el vigésimo octavo año siguiente a la publicación. Renovación de derechos de autor ha sido automático desde el Ley de renovación de derechos de autor de 1992.

Para obras creadas antes de 1978, pero no publicadas o registradas antes de 1978, también se aplica la duración estándar de los derechos de autor §302 de 70 años a partir de la muerte del autor. Antes de 1978, las obras debían publicarse o registrarse para recibir la protección de los derechos de autor. A partir de la fecha de vigencia de la Ley de derechos de autor de 1976 (que fue el 1 de enero de 1978), se eliminó este requisito y estas obras inéditas y no registradas recibieron protección. Sin embargo, el Congreso pretendía proporcionar un incentivo para que estos autores publicaran sus obras inéditas. Para proporcionar ese incentivo, estas obras, si se publicaron antes de 2003, no verían expirada su protección antes de 2048.

Todas las obras sujetas a derechos de autor publicadas en los Estados Unidos antes de 1928 están en el dominio publico; las obras creadas pero no publicadas o protegidas por derechos de autor antes del 1 de enero de 1978 pueden estar protegidas hasta 2047. Para las obras que recibieron sus derechos de autor antes de 1978, se tuvo que presentar una renovación en el año 28 de la obra ante la Oficina de Derechos de Autor para que se extendiera su plazo de protección. La necesidad de renovación fue eliminada por la Ley de renovación de derechos de autor de 1992, pero las obras que ya habían pasado al dominio público por no renovación no recuperaron la protección de los derechos de autor. Por lo tanto, las obras publicadas antes de 1964 que no fueron renovadas son de dominio público.

Antes de 1972, las grabaciones de sonido no estaban sujetas a los derechos de autor federales, pero la copia, sin embargo, estaba regulada por varios estados. agravios y estatutos, algunos de los cuales no tenían límite de duración. La Enmienda de Grabación de Sonido de 1971 amplió los derechos de autor federales a las grabaciones grabadas el 15 de febrero de 1972 o después, y declaró que las grabaciones grabadas antes de esa fecha permanecerían sujetas a las leyes estatales o estatales. ley común derechos de autor. Las enmiendas posteriores habían ampliado esta última disposición hasta 2067. Como resultado, las grabaciones sonoras más antiguas no estaban sujetas a las normas de caducidad que se aplicaban a las obras visuales contemporáneas. Aunque estos podrían haber pasado al dominio público como resultado de la autoría del gobierno o una concesión formal del propietario, el efecto práctico ha sido que el audio de dominio público prácticamente no existe.

Esta situación cambió con la promulgación en 2018 de la Ley de modernización de la música, que amplió la protección federal de los derechos de autor a todas las grabaciones de sonido, independientemente de su fecha de creación, y se adelantó a las leyes estatales de derechos de autor sobre esas obras. Según la Ley, las primeras grabaciones de sonido en pasar al dominio público fueron las fijadas antes de 1923, que entraron en el dominio público el 1 de enero de 2022. Las grabaciones grabadas entre 1923 y el 14 de febrero de 1972 pasarán gradualmente al dominio público en los siguientes décadas. Específicamente, las obras fijadas entre 1923 y 1946 son públicas después de 100 años y las obras fijadas entre 1947 y 1956 después de 110 años de fijación. Las obras fijadas del 1 de enero de 1957 al 14 de febrero de 1972 se harán públicas el 15 de febrero de 2067.

En mayo de 2016, Juez Percy Anderson falló en una demanda entre ABS Entertainment y Radio CBS que las versiones "remasterizadas" de grabaciones anteriores a 1972 pueden recibir derechos de autor federales como obra distinta debido a la cantidad de esfuerzo creativo expresado en el proceso. La corte de apelaciones del Noveno Circuito revocó la decisión a favor de ABS Entertainment.

Limitaciones, excepciones y defensas de los derechos de autor

La ley de derechos de autor de los Estados Unidos incluye numerosas defensas, excepciones y limitaciones. Algunos de los más importantes incluyen:

  • Los derechos de autor se aplican solo a ciertos tema protegido por derechos de autor, codificado dentro 17 USC Sección 102. Las obras que no sean "obras originales de autoría fijadas en cualquier medio tangible de expresión" no están sujetas a derechos de autor. 17 USC § 102(b) codifica que la protección de los derechos de autor no se extiende a ideas, procedimientos, procesos, sistemas, etc. Los hechos no pueden tener derechos de autor. Los "artículos útiles" pueden no tener derechos de autor. Los artículos útiles incluyen diseños tipográficos (Eltra Corp. contra Ringer), diseños de moda, formularios en blanco, títulos, nombres, frases cortas, eslóganes, listas de ingredientes y contenidos, nombres de dominio y nombres de bandas.
Como arte hecho con animales, este mono selfie no es elegible para los derechos de autor en los Estados Unidos.
  • La doctrina de la primera venta, 17 USC Sección 109, limita los derechos de los titulares de derechos de autor para controlar la distribución y visualización de copias de sus obras después de la primera venta del propietario de los derechos de autor. El propietario de una copia en particular tiene derecho a "vender o disponer de otra manera de la posesión de esa copia" y a "mostrar la copia públicamente... a los espectadores presentes en el lugar donde se encuentra la copia".
  • La defensa de "buena fe" (Sección 504(c)(2)) reduce los daños legales cuando el infractor era una institución educativa, una biblioteca, un archivo o una emisora ​​pública y creía razonablemente que el uso infractor era un "uso justo".
  • La Ley de derechos de autor incluye exenciones específicas para tipos de obras y entidades particulares, como bibliotecas, emisoras públicas, braille copias de seguridad del software, "licencia de cobertura" que permite la grabación de sonido cubre, y jukebox licencias obligatorias.
  • Disposiciones para Ciegos y Discapacitados: La Ley de derechos de autor, en 17 USC 121 y 17 USC 110(8), incluye excepciones legales específicas para la reproducción de material para ciegos u otras personas con discapacidades. Sección 121 (la "Enmienda Chafee") permite la reproducción de obras protegidas por derechos de autor en Braille, audio, electrónico, Web-Braille, u otros formatos necesarios. por ejemplo, el Servicio Nacional de Bibliotecas para Ciegos y Discapacitados Físicos (NLS) administra un programa bajo la Sección 121, y el Biblioteca digital HathiTrust también se basa en la Sección 121 para brindar acceso a usuarios discapacitados.
  • Proveedor de servicios en línea "Puerto seguro": Sección 512 ("OCILLA", aprobada como parte de la DMCA en 1998) proporciona un "puerto seguro" contingente para los proveedores de servicios en línea de responsabilidad secundaria por las infracciones de copia de sus usuarios.
  • La ley de derechos de autor de EE. UU. no permite que las obras creadas por animales tengan derechos de autor.

Uso justo

El uso justo es el uso de cantidades limitadas de material protegido por derechos de autor de tal manera que no sea una infracción. está codificado en 17 USC Sección 107, y establece que "el uso justo de una obra protegida por derechos de autor... no es una infracción de los derechos de autor". La sección enumera cuatro factores que deben evaluarse para determinar si un uso en particular es justo. No existen reglas de línea brillante con respecto al uso justo y cada determinación se realiza de forma individualizada caso por caso.

  1. Propósito y carácter del uso, incluso si el uso es de naturaleza comercial o tiene fines educativos sin fines de lucro: Es más probable que los usos educativos y no comerciales sin fines de lucro sean uso legítimo. Esto hace no significa que toda la educación sin fines de lucro y los usos no comerciales son uso justo o que todos los usos comerciales no son justos. En su lugar, los tribunales sopesarán el propósito y el carácter del uso frente a los otros factores a continuación. Además, es más probable que los usos "transformadores" se consideren justos. Los usos transformadores son aquellos que agregan algo nuevo, con un propósito adicional o un carácter diferente, y no sustituyen el uso original de la obra.
  2. Naturaleza de la obra protegida por derechos de autor: Usar un trabajo más creativo o imaginativo (como una novela, una película o una canción) es menos probable que respalde el uso legítimo que el uso de un trabajo fáctico (como un artículo técnico o una noticia). Además, es menos probable que se considere justo el uso de una obra inédita.
  3. Cantidad y sustancialidad de la parte utilizada en relación con la obra protegida por derechos de autor en su conjunto: Los tribunales analizan tanto la cantidad como la calidad del material protegido por derechos de autor que se utilizó. Usar una gran parte del trabajo protegido por derechos de autor es menos probable que sea un uso justo. Sin embargo, los tribunales ocasionalmente han encontrado el uso de un toda trabajo como uso justo y, en otros contextos, se determinó que usar incluso una pequeña cantidad de un trabajo protegido por derechos de autor no era uso justo porque la selección era una parte importante, o el "corazón", del trabajo.
  4. Efecto del uso sobre el mercado potencial o el valor de la obra protegida por derechos de autor: Aquí, los tribunales revisan si, y en qué medida, el uso sin licencia daña el mercado actual o futuro de la obra original del propietario de los derechos de autor. Al evaluar este factor, los tribunales consideran si el uso está perjudicando el mercado actual de la obra original (por ejemplo, al desplazar las ventas del original) y/o si el uso podría causar un daño sustancial si se generalizara.

Además de estos cuatro factores, el estatuto también permite que los tribunales consideren cualquier otro factor que pueda ser relevante para el análisis del uso justo. Los tribunales evalúan los reclamos de uso justo caso por caso, y el resultado de cualquier caso depende de los hechos específicos de ese caso. Hay sin fórmula para garantizar que un porcentaje o cantidad predeterminados de una obra, o un número específico de palabras, líneas, páginas, copias, se puedan usar sin permiso.

La justificación de la doctrina del uso legítimo gira principalmente en torno a si, y en qué medida, el uso cuestionado es transformador. "El uso debe ser productivo y debe emplear el material citado de una manera diferente o para un propósito diferente del original. Es poco probable que una cita de material protegido por derechos de autor que simplemente vuelva a empaquetar o vuelva a publicar el original pase la prueba... Si, en por otro lado, el uso secundario agrega valor al original—si el asunto citado se usa como materia prima, transformado en la creación de nueva información, nueva estética, nuevos conocimientos y entendimientos—este es el tipo de actividad que el uso justo doctrina pretende proteger para el enriquecimiento de la sociedad”.

La Oficina de derechos de autor proporciona una lista de búsqueda de jurisprudencia de uso justo.

Infracción

La infracción de derechos de autor ocurre cuando alguien viola uno de los derechos exclusivos enumerados en 17 USC 106. Por lo general, esto implica que alguien cree o distribuya una "copia" de un trabajo protegido que es "sustancialmente similar" a la versión original.

Las infracciones requieren copia. Si dos personas escriben exactamente la misma historia, sin el conocimiento de la otra, no hay infracción.

Litigios por infracción de derechos de autor

Un propietario de derechos de autor puede presentar una demanda por infracción de derechos de autor en un tribunal federal. Los tribunales federales tienen EXCLUSIVO PROGRAMA jurisdicción sobre la materia sobre casos de infracción de derechos de autor. Es decir, no se puede presentar un caso de infracción estado tribunales (Con excepción de las obras no protegidas por la ley federal, pero que están protegidas por la ley estatal, por ejemplo, las leyes estatales que prohíben la copia de grabaciones de sonido realizadas antes del 15 de febrero de 1972). Tenga en cuenta que la Oficina de derechos de autor maneja los registros de derechos de autor, pero no adjudica los derechos de autor. litigios por infracciones.

Propiedad de los derechos de autor válidos

Para presentar una demanda por infracción de derechos de autor, el titular de los derechos de autor debe establecer la propiedad de un derecho de autor válido y la copia de los elementos constitutivos de la obra que son originales. El propietario de los derechos de autor también debe establecer tanto (a) la copia real como (b) la apropiación indebida del trabajo. El propietario de los derechos de autor, como demandante, tiene la carga de establecer estos tres elementos del primera facción caso de infracción.

A demandante establece la propiedad por autoría (por el propio demandante o por alguien que asignó derechos al demandante) de (1) un empresas de confitería obra de autoría que (2) está fijada en un medio tangible (por ejemplo, un libro, una grabación musical, etc.).

No es necesario registrarse para establecer la protección de los derechos de autor, pero es necesario hacerlo antes de presentar una demanda. El registro también es útil porque crea una presunción de IMPORTANTE derechos de autor, permite al demandante cobrar "daños estatutarios" mejorados y ser elegible para una adjudicación de honorarios de abogados.

Un demandante establece "copia real" con evidencia directa o indirecta. La evidencia directa se satisface con la admisión del acusado de haber copiado o con el testimonio de los testigos que observaron al acusado en el acto. Más comúnmente, un demandante se basa en pruebas circunstanciales o indirectas. Un tribunal inferirá la copia al mostrar una "sorprendente similitud" entre el trabajo protegido por derechos de autor y la supuesta copia, junto con la demostración de ambos de la máquina y el uso de ese acceso. Un demandante puede establecer el "acceso" mediante la prueba de distribución en una gran área geográfica, o mediante el testimonio de un testigo presencial de que el demandado poseía una copia de la obra protegida. El acceso por sí solo no es suficiente para establecer una infracción. El demandante debe demostrar una similitud entre las dos obras, y el grado de similitud afectará la probabilidad de que de hecho haya ocurrido una copia ilícita a los ojos del tribunal. Incluso entonces, el demandante debe demostrar que la copia equivalía a una apropiación indebida. De hecho, la Corte Suprema de los Estados Unidos ha sostenido que no todas las copias constituyen una infracción y que es necesario demostrar la apropiación indebida.

Malversación

Un trabajo con derechos de autor puede contener elementos que no tienen derechos de autor, como hechos, ideas, temas o contenido en el dominio publico. Un demandante que alega apropiación indebida primero debe demostrar que lo que el demandado se apropió del trabajo protegido por derechos de autor estaba protegido. En segundo lugar, un demandante debe demostrar que el público objetivo reconocerá similitudes sustanciales entre las dos obras. La audiencia prevista puede ser el público en general o un campo especializado. El grado de similitud necesario para que un tribunal determine una apropiación indebida no es fácil de definir. De hecho, "la prueba de infracción de un derecho de autor es necesariamente vaga".

Se utilizan dos métodos para determinar si se ha producido una apropiación ilícita: el "método sustractivo" y el "método de la totalidad".

La método sustractivo, también conocido como el "enfoque de abstracción/sustracción", busca analizar qué partes de una obra protegida por derechos de autor son protegidas y cuáles no. Los elementos desprotegidos son restado y el investigador de hechos luego determina si existen similitudes sustanciales en la expresión protegida que permanece. Por ejemplo, si el titular de los derechos de autor de West Side Story supuesta infracción, los elementos de ese musical tomados de Romeo y Julieta se restaría antes de compararla con la obra presuntamente infractora porque Romeo y Julieta existe en el dominio público.

La método de totalidad, también conocido como el enfoque de "concepto y sensación total", toma el trabajo como un todo con todos los elementos incluidos al determinar si existe una similitud sustancial. Esto fue formulado por primera vez en Tarjetas de felicitación Roth contra United Card Co. (1970). Los elementos individuales de la supuesta obra infractora pueden por sí mismos ser sustancialmente diferentes de su parte correspondiente en la obra protegida por derechos de autor, pero, sin embargo, tomados en conjunto constituyen una clara apropiación indebida de material protegido por derechos de autor.

En ocasiones, los tribunales modernos pueden utilizar ambos métodos en su análisis de la apropiación indebida. En otros casos, un método puede encontrar la apropiación indebida mientras que el otro no, haciendo de la apropiación indebida un tema polémico en los litigios por infracción.

Recursos civiles

Un demandante exitoso de infracción de derechos de autor puede buscar tanto "medida cautelar" como compensación monetaria. daños y perjuicios. A partir de 2019, la Corte Suprema de los Estados Unidos ha sostenido que el titular de los derechos de autor debe registrar sus derechos de autor en la oficina de derechos de autor de los EE. UU. antes de poder buscar recursos judiciales por infracción.

Órdenes judiciales: Ley de derechos de autor § 502 autoriza a los tribunales a otorgar medidas cautelares tanto preliminares como permanentes contra la infracción de derechos de autor. También existen disposiciones para la incautación de copias supuestamente infractoras y otros materiales utilizados para infringir, y para su destrucción.

Daños y/o Beneficios: Ley de derechos de autor § 504 le da al propietario de los derechos de autor la opción de recuperar: (1) sus daños reales y cualquier ganancia adicional del demandado; o (2) daños estatutarios.

Sin embargo, el Título 17 Código de los Estados Unidos §411(a) establece que no se puede iniciar una acción civil para hacer cumplir un reclamo de derechos de autor en un trabajo de EE. UU. hasta que el trabajo haya sido registrado en la Oficina de derechos de autor de EE. UU., con una pequeña excepción si el reclamo fue presentado y rechazado por la Oficina de derechos de autor. En 2019, la Corte Suprema de EE. decidido que §411(a) exige que no se pueda iniciar una demanda hasta que la Oficina de derechos de autor haya procesado, no solo recibido, la solicitud.

Alivio equitativo

Tanto los mandatos judiciales temporales como los permanentes están disponibles para prevenir o restringir la infracción de un derecho de autor. Un "mandamiento judicial" es una orden judicial que ordena al demandado que deje de hacer algo (por ejemplo, que deje de vender copias infractoras). Una forma de reparación equitativa que está disponible en casos de derechos de autor es una orden de incautación. En cualquier momento durante el juicio, el tribunal puede ordenar la incautación de todas y cada una de las copias de los productos infractores. La orden de incautación puede incluir materiales utilizados para producir dichas copias, como cintas maestras, negativos de películas, planchas de impresión, etc. Los artículos que se incautan durante el curso de la demanda pueden, si el demandante gana, ser destruidos como parte de la sentencia final. decreto.

Daños monetarios

Un titular de derechos de autor también puede buscar daños monetarios. Las medidas cautelares y los daños no son mutuamente excluyentes. Uno puede tener mandatos y no daños, o daños y ningún mandato, o tanto mandatos como daños. Hay dos tipos de daños: daños reales y ganancias, o daños estatutarios.

El propietario de los derechos de autor puede recuperar los beneficios que habría obtenido de no haber existido la infracción (daños reales) y cualquier beneficio que el infractor pudiera haber obtenido como resultado de la infracción, pero que aún no se haya considerado al calcular los daños reales. Para recuperar los daños reales, el demandante debe probar ante el tribunal que, en ausencia de la infracción, el demandante habría podido realizar ventas adicionales, o tal vez podría cobrar precios más altos, y que esto habría resultado en ganancias otorgadas la estructura de costos del propietario. En algunos casos, las ganancias obtenidas por el infractor al explotar el material protegido por derechos de autor pueden exceder las ganancias o las que podrían estar disponibles para el propietario. En estas circunstancias, el propietario de los derechos de autor puede recuperar las ganancias del infractor si puede demostrar un nexo entre las ganancias y el uso infractor.

Daños legales están disponibles como una alternativa a los daños y beneficios reales. Si los derechos de autor se registraron (a) dentro de los tres meses posteriores a la publicación o (b) antes de la infracción, entonces el demandante es elegible para reclamar daños legales. El tribunal puede otorgar daños legales dentro del rango de $ 750 a $ 30,000, pero esto puede reducirse si la infracción se considera involuntaria, o aumentar significativamente si la infracción es intencional.

Los daños estatutarios a veces son preferibles para el demandante si los daños reales y las ganancias son demasiado pequeños, demasiado difíciles de probar, o ambos. Sin embargo, hay situaciones en las que los daños legales no están disponibles. 17 USC Sección 412 establece lo siguiente:

  • Los daños legales no están disponibles si el trabajo no está publicado y la infracción comenzó antes de la fecha efectiva de su los resultados.
  • Los daños legales no están disponibles si la obra se publica pero la infracción comenzó después de la primera publicación y antes de la fecha efectiva de su registro, a menos que el registro se realice dentro de los tres meses posteriores a la primera publicación.

Los daños legales se calculan por obra infringida. De acuerdo con la cláusula (1) del Título 17, USC Sección 504(c), los daños estatutarios oscilan entre $750 por trabajo y $30,000 por trabajo, con dos excepciones principales:

  • En caso de "infracción inocente", el monto podrá reducirse a una suma "no menor de $200" para un rango efectivo de $200 a $30,000 por obra. "Inocente" es un término técnico. En particular, si el trabajo lleva un aviso de derechos de autor, el infractor no puede alegar inocencia.
  • En caso de "infracción deliberada" (nuevamente, "deliberada" es un término técnico), los daños legales no pueden superar los $150,000 750 para un rango efectivo de $150,000 a $XNUMX XNUMX por obra.

Los daños en casos de derechos de autor pueden ser muy altos. En Informes de Lowry, Inc. contra Legg Mason Inc., una demanda de 2003 entre un editor de boletines de análisis bursátil contra una empresa que compra una copia de los boletines y hace varias copias para uso interno, el jurado otorgó daños y perjuicios (daños reales para algunos boletines y daños legales para otros boletines) por un total de $ 20 millones .

Honorarios de abogados

Costos y honorarios de abogados: la Ley de derechos de autor § 505 permite que los tribunales, a su discreción, otorguen costos a cualquiera de las partes y otorguen honorarios razonables de abogados a la parte vencedora. El tribunal puede (pero no está obligado a hacerlo) otorgar a la "parte vencedora" honorarios razonables de abogado. Esto se aplica tanto al demandante ganador (titular de los derechos de autor) como al demandado ganador (infractor acusado). Sin embargo, la adjudicación de honorarios de abogados no está disponible contra el gobierno. Al igual que los daños legales, los honorarios de los abogados no están disponibles si la obra infringida no está registrada en el momento de la infracción.

Penalidades criminales

Además de los recursos civiles, la Ley de derechos de autor prevé el enjuiciamiento penal en algunos casos de infracción intencional de los derechos de autor. También existen sanciones penales por notificación de derechos de autor fraudulenta, eliminación fraudulenta de la notificación de derechos de autor y representaciones falsas en las solicitudes de registro de derechos de autor. El Ley de Derechos de Autor de Milenio Digital impone sanciones penales por ciertos actos de elusión e interferencia con la información de gestión de derechos de autor. No existen sanciones penales por vulnerar los derechos de atribución e integridad que ostenta el autor de una obra de arte visual.

Las sanciones penales por infracción de derechos de autor incluyen:

  • A en fin de no más de $500,000 o encarcelamiento por no más de cinco años, o ambos, por el primero delito.
  • Una multa de no más de $1 millón o prisión por no más de 10 años, o ambas, por reincidencia.

Organización sin fines de lucro bibliotecas, archivos, instituciones educativas y difusión pública entidades están exentas de persecución penal.

Las penas por delitos graves por primera infracción comienzan en siete copias para obras audiovisuales y cien copias para grabaciones sonoras.

infracción del gobierno

El gobierno de los EE. UU., sus agencias y funcionarios, y las corporaciones de su propiedad o bajo su control están sujetos a juicio por infracción de derechos de autor. Todos los reclamos de infracción contra los EE. UU. que no surgieron en un país extranjero deben presentarse ante el Tribunal de Reclamaciones Federales de los Estados Unidos dentro de los tres años siguientes a la acción infractora. Las reclamaciones presentadas en el tribunal equivocado se desestiman por falta de jurisdicción sobre la materia. El gobierno y sus agencias también están autorizados a resolver los reclamos de infracción fuera de los tribunales.

Los estados tienen inmunidad soberana proporcionado por el Undécima Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, que prohíbe la mayoría de las formas de demandas contra los estados en los tribunales federales, pero puede ser derogada en determinadas circunstancias por el Congreso. La Ley de Aclaración y Reparación de Derechos de Autor de 1990 (CRCA) establece en parte que los estados son responsables de la infracción de derechos de autor "de la misma manera y en la misma medida que cualquier entidad no gubernamental". y también que los estados y las entidades y funcionarios estatales "no serán inmunes, bajo la Undécima Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos o bajo cualquier otra doctrina de inmunidad soberana, de juicio en la Corte Federal por parte de cualquier persona". alegando infracción de derechos de autor.: 1  La CRCA ha sido declarada inconstitucional por varios tribunales federales.: 4  y esto fue confirmado por la Corte Suprema de los Estados Unidos el 23 de marzo de 2020.

Dominio público

trabaja en el dominio publico son gratuitos para que cualquiera pueda copiarlos y usarlos. Estrictamente hablando, el término "dominio público" significa que la obra no está cubierta por ninguna la propiedad intelectual ningún derecho (derechos de autor, marca registrada, patente u otros). Sin embargo, este artículo analiza el dominio público con respecto a los derechos de autor. , solamente.

Una obra puede pasar al dominio público de diferentes formas. Por ejemplo, (a) los derechos de autor que protegen el trabajo pueden haber expirado, o (b) el propietario puede haber donado explícitamente el trabajo al público, o (c) el trabajo no es el tipo de trabajo que los derechos de autor pueden proteger.

obras huérfanas

La "obras huérfanasEl problema surgió en los Estados Unidos con la promulgación de la Ley de derechos de autor de 1976, que eliminó la necesidad de registrar obras con derechos de autor, declarando en su lugar que todas las "obras originales de autoría fijadas en cualquier medio tangible de expresión" caer en el estado de derechos de autor. La eliminación del registro también eliminó una ubicación central de grabación para rastrear e identificar a los titulares de derechos de autor. En consecuencia, los usuarios potenciales de obras protegidas por derechos de autor, por ejemplo, cineastas o biógrafos, deben suponer que muchas de las obras que podrían utilizar están protegidas por derechos de autor. Cuando el uso planificado no estaría permitido por la ley (por ejemplo, por uso justo), ellos mismos deben investigar individualmente el estado de los derechos de autor de cada obra que planean utilizar. Sin una base de datos central de titulares de derechos de autor, a veces puede ser difícil identificar y contactar a los titulares de derechos de autor; aquellas obras que entren en esta categoría podrán ser consideradas "huérfanas".

Reforma de los derechos de autor

Los críticos de los derechos de autor afirman que las protecciones de los derechos de autor duran demasiado antes de que se permita que las obras con derechos de autor entren en el dominio publico. Para las obras publicadas después de 1977, los derechos de autor duran la vida del autor más 70 años. Sin embargo, si el trabajo es un trabajo por contrato (es decir, el trabajo se realiza en el curso de un empleo o ha sido encargado) o se publica de forma anónima, los derechos de autor duran entre 95 y 120 años, dependiendo de la fecha de publicación del trabajo. . En 2022, la legislación presentada por el Senador Josh Hawley, titulada Copyright Clause Restoration Act of 2022, busca reducir la protección de 70 años después de la muerte del creador (posteriores a 1978) y 95 años (anteriores a 1978) a 28 años, con la opción de renovar al final de ese plazo por un límite de 56 años totales. Estos mismos términos estuvieron vigentes desde 1909 hasta 1976.

Vea también

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