Presidente de la Junta de Galicia

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Presidente de la Junta de Galicia
Presidente da Xunta de Galicia


Alfonso Rueda
Desde el 14 de mayo de 2022
Ámbito Galicia
Titular de Junta de Galicia
Residencia Palacio de Monte Pío, Santiago de Compostela
Tratamiento Excelentísimo/a señor/a
Duración Cuatro años, sin límite de mandatos
Designado por Parlamento de Galicia
Nombrado por Rey de España
Suplente Vicepresidente de la Junta de Galicia
Creación 22 de enero de 1982
Primer titular Gerardo Fernández Albor
Sitio web www.presidente.gal

El presidente de la Junta de Galicia (en gallego: presidente da Xunta de Galicia) es la persona que ostenta la suprema representación de Galicia y la ordinaria del Estado en ese territorio. Además, preside y dirige la actividad de la Junta de Galicia, y designa, separa y cesa a los consejeros.

Es una de las instituciones propias que integran la comunidad autónoma, junto con el Parlamento de Galicia y la Junta de Galicia. Es elegido por el Parlamento de Galicia de entre sus miembros y es nombrado por el rey de España.

Sus funciones se establecen en el Título I, Capítulo II, del Estatuto de Autonomía de Galicia, en los artículos 15 al 19.

A lo largo de la historia de la comunidad, desde su creación tras la aprobación de su Estatuto de Autonomía en 1981, ha habido ocho presidentes.

Desde mayo de 2022 el titular del cargo es Alfonso Rueda Valenzuela del Partido Popular de Galicia.

Atribuciones

Sus atribuciones se las confiere la Ley de Galicia 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su presidencia,​ basándose en el artículo 16.4​ del Estatuto de Autonomía de Galicia y son:

  • Representar a la Comunidad Autónoma de Galicia en las relaciones con otras instituciones del Estado.
  • Suscribir los convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas.
  • Convocar elecciones al Parlamento de Galicia tras su disolución.
  • Promulgar en nombre del rey las leyes de Galicia, así como, en su caso, los Decretos Legislativos y ordenar su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
  • Como representante ordinario del Estado en Galicia, corresponde al Presidente de la Junta mantener relaciones con la delegación del Gobierno a los efectos de una mejor coordinación de las actividades del Estado en Galicia y las de la Comunidad Autónoma
  • Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del nombramiento del presidente del Tribunal Superior de Justicia, y la de las leyes y decretos legislativos de Galicia en el Boletín Oficial del Estado.
  • Dirigir y coordinar las actividades de la Junta.

Derechos

El presidente de la Junta posee unos determinados derechos, también conferidos por la Ley de Galicia 1/1983, que son:

  • La preeminencia que, con arreglo a la alta representación de la Comunidad Autónoma y a la ordinaria del Estado en Galicia, le corresponde.
  • Que le sean rendidos los honores que le correspondan con arreglo a lo que se establece en la legalidad vigente y lo que acuerde la comunidad autónoma.
  • Recibir el tratamiento de Excelencia.
  • Utilizar la bandera de Galicia como guion.
  • Ocupar la residencia oficial​ que se establezca, con la correspondiente dotación de personal y servicios.
  • Percibir la remuneración y gastos de representación que se establezcan por el parlamento de Galicia y figuren en los presupuestos generales de la comunidad autónoma.
  • Recibir con carácter vitalicio el tratamiento de Excelentísimo Señor y los honores protocolarios y las precedencias establecidas en la legislación vigente y en la que, en su caso, dicte la comunidad autónoma.
  • Ser miembro nato del Consejo Consultivo de Galicia.

Listado de presidentes

Línea temporal

Alfonso RuedaAlberto Núñez FeijóoEmilio Pérez TouriñoManuel FragaFernando González LaxeGerardo Fernández AlborJosé QuirogaAntonio Rosón

Referencias

  1. «Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su presidencia». noticias.juridicas.com. 9 de agosto de 2007. Consultado el 13 de diciembre de 2013. 
  2. Una Ley de Galicia regulará la organización de la Xunta y las atribuciones y el estatuto personal de sus componentes.
  3. La residencia oficial del presidente es el Palacio de Monte Pío, en Santiago de Compostela.