Agencia Española de Protección de Datos

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Agencia Española de Protección de Datos


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Sede de la Agencia Española de Protección de Datos en la calle de Jorge Juan, 6 (Madrid)
Localización
País EspañaBandera de España España
Información general
Sigla AEPD
Jurisdicción España
Tipo Autoridad administrativa independiente
Sede Calle Jorge Juan 6, Madrid
Organización
Dirección Mar España Martí
Entidad superior Comité Europeo de Protección de Datos
Empleados 188 (31 de diciembre de 2022)
Presupuesto 18,75 millones de (2023)
Historia
Fundación 22 de octubre de 1993 (30 años)
Sitio web oficial

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es el organismo público encargado de velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales en España.​ Tiene la forma jurídica de autoridad administrativa independiente, posee personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada que le permite actuar con independencia de la Administración pública en el ejercicio de sus funciones. Participa activamente en el Comité Europeo de Protección de Datos, otro organismo público pero europeo encargado de velar y coordinar la protección de datos en la Unión Europea.

Su principal misión es velar por el cumplimiento de la legislación de protección de datos por parte de los responsables de los ficheros (entidades públicas, empresas privadas, asociaciones, etc.) y controlar su aplicación a fin de garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales de los ciudadanos. La AEPD lleva a cabo sus potestades de investigación fundamentalmente a instancias de los ciudadanos, aunque también está facultada para actuar de oficio. La Agencia es estatutaria y jerárquicamente independiente y se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

La Agencia fue creada por mandato de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, y se suele tomar como fecha fundacional el nombramiento de su primer director el 22 de octubre de 1993.​ Tiene su sede en Madrid y su ámbito de actuación se extiende al conjunto de España.

En España, además, existen agencias de protección de datos de carácter autonómico en Cataluña,​ en el País Vasco,​ y en Andalucía,​ con un ámbito de actuación limitado a los ficheros de titularidad pública declarados por las Administraciones autonómicas y locales de sus respectivas comunidades autónomas.

Composición

La representación de la AEPD la ostenta su Presidente que, con un mandato de cinco años (renovables), debe ejercer sus funciones con plena independencia y objetividad, sin estar sujeto a instrucción alguna en el ejercicio de sus funciones.

El presidente de la Agencia Española de Protección de Datos está asesorado por un Consejo Consultivo compuesto por:

Del presidente de la Agencia dependen jerárquicamente el Registro General de Protección de Datos (órgano que perdió sus funciones con la entrada en vigor del RGPD), la Inspección de Datos y la Secretaría General de la Agencia. Los actos dictados por el director (en representación de la Agencia) agotan la vía administrativa y contra ellos solo puede interponerse recurso potestativo de reposición ante la propia AEPD o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Directores de la Agencia

Funciones

General

En relación con quienes tratan datos

En relación con los afectados

En la elaboración de normas

En materia de telecomunicaciones

Otras funciones

Presencia internacional

La Agencia Española de Protección de Datos forma parte del Grupo de Trabajo del Artículo 29​ (GT29 o WP29), un órgano consultivo independiente creado en 1997 que está integrado por las Autoridades europeas de Protección de Datos, la Comisión Europea y el Supervisor europeo de Protección de Datos. El GT29 analiza las cuestiones que afectan o pueden llegar a afectar a la protección de datos y sus observaciones se plasman en Decisiones, recomendaciones, dictámenes, informes y documentos de trabajo.

La AEPD también forma parte de las Autoridades Comunes de Control​ ) de Europol, Schengen (ejerciendo además el control sobre la parte española), el Sistema de información aduanero y Eurojust. En cuanto al Consejo de Europa, participa en su Comité Consultivo, prestando asistencia sobre protección de datos a las autoridades designadas por los Estados.

En el ámbito latinoamericano, la Agencia ejerce la secretaría permanente de la Red Iberoamericana de Protección de Datos,​ un foro para promover y asesorar a los países en este derecho fundamental.

Algunas resoluciones controvertidas

Algunas de las resoluciones de la AEPD más controvertidas en 2008 fueron las siguientes:

Agencias autonómicas de protección de datos

En España existen agencias de protección de datos de carácter autonómico en Cataluña, en el País Vasco y en Andalucía, con un ámbito de actuación limitado a los ficheros de titularidad pública declarados por las Administraciones autonómicas y locales de sus respectivas comunidades autónomas. Los ficheros privados de estas CCAA siguen siendo competencia de la Agencia Española de Protección de Datos. Tiene como responsabilidad, la aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales.

El 25 de septiembre de 2012, la Comunidad de Madrid anunció la supresión de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid,​ que se materializó el 1 de enero de 2013. Sus funciones pasaron a ser asumidas íntegramente por la Agencia Española de Protección de Datos.

Véase también

Referencias

  1. Intervención General de la Administración del Estado (2022). «Personal al servicio del Sector Público Estatal»
  2. Ministerio de Hacienda y Función Pública (2023). «Presupuestos Generales del Estado para el año 2023». www.boe.es. Consultado el 2 de enero de 2023. 
  3. a b c «Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.». BOE. 
  4. Ministerio de Política Territorial y Función Pública. «Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.». boe.es. Consultado el 31 de diciembre de 2022. 
  5. «25 años de la Agencia Española de Protección de Datos» (PDF). www.aepd.es. p. 8. Consultado el 16 de diciembre de 2023. 
  6. «Agencia Catalana de Protección de Datos». Archivado desde el original el 27 de septiembre de 2020. Consultado el 6 de mayo de 2022. 
  7. Agencia Vasca de Protección de Datos
  8. «CTPD Andalucía». Consultado el 31 de diciembre de 2022. 
  9. «Artículo 34 de la Ley General de Telecomunicaciones»
  10. «Derecho de consulta al registro General de Protección de Datos». Archivado desde el original el 13 de noviembre de 2014. Consultado el 13 de noviembre de 2014. 
  11. «Página del Grupo de Trabajo del Artículo 29»
  12. «Autoridades comunes de control AEPD». Archivado desde el original el 13 de noviembre de 2014. Consultado el 13 de noviembre de 2014. 
  13. «Página de la Red Iberoamericana de Protección de Datos». Archivado desde el original el 13 de noviembre de 2014. Consultado el 13 de noviembre de 2014. 
  14. «Algunas resoluciones de la AEPD en su página web». Archivado desde el original el 10 de diciembre de 2009. Consultado el 22 de noviembre de 2008. 
  15. La Agencia de Protección de Datos y la apostasía "Protección de Datos paraliza la tramitación de las peticiones de apostasía. Frenazo para el más de medio millar de peticiones de apostasía que estaban por resolver en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y de todas aquellas que pueden seguir llegando: El director de la AEPD, Artemi Rallo, adelantó ayer que todas estas solicitudes de cancelación de datos en los libros de bautismo quedan suspendidas hasta que nuevas resoluciones judiciales confirmen o se alejen de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado septiembre, que, por primera vez, eximió a la jerarquía eclesiástica de hacer una anotación de apostasía en los libros bautismales." (Dispone de la sentencia del TS en formato PDF)
  16. ¡Ojo al enviar datos "a un amigo! Protección de Datos considera que es sancionable "Recomienda esta página a un amigo". Si en su página web aparece esta fórmula de autopromoción, sepa que esta opción tiene los días contados, si no quiere recibir una multa. Según la Agencia Española de Protección de Datos esta práctica vulnera la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), que no prevé que se pueda enviar ningún mail con contenido publicitario o promocional. sí aparece reflejado en una Resolución de la Agencia, de 20 de febrero de 2008, en la que se multa a una página web por ofrecer a los internautas la facilidad de remitir a la dirección de correo electrónico de un familiar o de un amigo un mensaje informativo invitando al destinatario a registrarse.
  17. La Agencia de protección de datos contra el "enviar a un amigo" De piedra se queda uno ante la sanción de la Agencia de protección de datos a una web con la opción de "enviar a un amigo", ese mecanismo por el que muchas intentan lograr que sus usuarios más convencidos inviten a sus amigos y familiares. La información la dan, entre otros, El economista y en la web de la Agencia de protección de datos se puede acceder a la resolución (en formato PDF).
  18. La Agencia de Protección de Datos exige respetar la confidencialidad en los abortos La polémica en torno al aborto se desató a principios de este año. Las clínicas abortistas organizaron una huelga para protestar por las presiones recibidas por sus profesionales y por las investigaciones iniciadas en varios centros de Madrid y Barcelona por presuntos abortos irregulares... Por último, el documento establece que el acceso por parte de los órganos de inspección sanitaria será permitido cuando su finalidad sea la "comprobación de la calidad de la asistencia, el respeto de los derechos del paciente o cualquier otra obligación del centro en relación con los pacientes y usuarios o la propia Administración sanitaria".
  19. Es por ello que la AEPD impone a la entidad una multa de 60.101,27 euros por una infracción muy grave, y otra por el mismo importe y causa al doctor de la demandante. Las faltas muy graves suelen penarse con multas de entre 300.506 y 601.012 euros. En este caso, la agencia reconoce atenuantes como que 'no ha existido intencionalidad en la comisión de la infracción, no hay reincidencia, y se solicitó el informe para evitar un perjuicio a la compañía, ya que la denunciante había dicho que no padecía insuficiencia venosa varices cuando sí la tenía'. Audiencia Nacional hace varios meses.
  20. PROBLEMÁTICA ACTUAL EN TORNO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL SECTOR SANITARIO ¿Se considera dato de salud el resultado de "apto" o "no apto" de un trabajador cuando se somete al reconocimiento médico anual de la empresa? ¿Una simple receta médica con el nombre de un medicamento es un dato de salud, aunque no se refleje la enfermedad concreta? ¿Las medidas de una persona como la talla del pie, o por ejemplo el color de los ojos son considerados datos de salud?...
  21. Protección de Datos multa a Telefónica con 60.000 euros La agencia consideró probado el elevado grado de conocimientos informáticos del denunciante, así como su ánimo lucrativo, que "bordeaba el ilícito penal y de notoriedad propios de un "pirata informático", según el contenido de la resolución. Su dictamen se apoya en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal que establece el principio de "seguridad de los datos", imponiendo la obligación de adoptar las medidas de índole técnica y organizativa que garanticen su seguridad, con la finalidad de evitar el acceso no autorizado. En cualquier caso, la multa impuesta por el organismo regulador es de "cuantía mínima" porque sostiene que no hubo intencionalidad por parte de Telefónica. No obstante, la compañía ha anunciado su intención de interponer un recurso contra esta resolución.
  22. «Protección de Datos multa al PP por los ´falsos voluntarios´ de las listas vascas». Archivado desde el original el 29 de junio de 2012. Consultado el 22 de noviembre de 2008. 
  23. Protección de Datos multa al PP por los "falsos voluntarios" de las listas vascas
  24. «BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES»
  25. «Ley de medidas fiscales y administrativas Comunidad de Madrid»

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