Derecho de las obligaciones
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El derecho de las obligaciones o derecho patrimonial pasivo es una rama del Derecho civil que estudia la obligación jurídica, sus fuentes, clases, efectos y vías de extinción.
Fuentes de las obligaciones
Véase también:
Fuentes de las obligaciones (Chile)
Las fuentes de las obligaciones son «los hechos jurídicos que les dan origen». Estos son: los contratos, los cuasicontratos, los delitos, los cuasidelitos y la ley.
Contratos
El Derecho de los contratos estudia la formación y efectos de estos, particularmente la responsabilidad civil que se deriva de su incumplimiento.
Si bien el derecho de los contratos trata la formación y efectos de los contratos en general, también se ocupa de los contratos más importantes, en especial a los cuales dota de sus elementos típicos. Cabe mencionar entre los contratos más importantes a la compraventa, el arrendamiento, el de transporte, el de trabajo (objeto de estudio del Derecho Laboral), el mandato, la sociedad, la hipoteca y la prenda.
Clases de contratos
Según el Derecho Civil encontramos los siguientes tipos de contratos:
- Unilaterales o bilaterales.
- Onerosos y gratuitos.
- Conmutativos y aleatorios.
- Consensuales, reales y solemnes.
- Típicos y atípicos.
Cuasicontratos
Son cuasicontratos los hechos lícitos y puramente voluntarios, de los que resulta obligado su autor para con un tercero y a veces una obligación recíproca entre los interesados.
Delitos
Cuasidelitos
Ley
Clases de obligaciones
Atendiendo al tipo de prestación
Según la clase de prestación, la obligación puede ser de dar, hacer o no hacer.
- Obligación de dar.
- Obligación de especie o específicas.
- Obligación de género o genéricas.
- Obligación de dinero.
- Obligación de hacer.
- Obligaciones de hacer fungible.
- Obligaciones de hacer no fungible o personalísimas.
- Obligación de medio.
- Obligación de resultado.
- Obligación de no hacer.
Atendiendo al objeto
- Obligación de objeto único.
- Obligación de objeto múltiple.
- Obligación acumulativa.
- Obligación alternativa.
- Obligación facultativa.
- Obligación principal y Obligación accesoria.
Atendiendo al sujeto
- Obligación de sujeto único.
- Obligación de sujeto múltiple.
- Obligación mancomunada.
- Obligación solidaria.
- Obligación divisible.
Atendiendo a los efectos de la obligación
- Obligación pura y simple.
- Obligación sujeta a modalidades.
- Obligación condicional.
- Obligación a plazo.
- Obligación modal.
- Obligación civil.
- Obligación natural.
- Obligaciones instantáneas, periódicas y duraderas.
Efectos de las obligaciones
La responsabilidad civil contractual es el conjunto de consecuencias jurídicas que la ley le asigna a las obligaciones derivadas de un contrato. Como efecto jurídico, tiene su fundamento en la interacción de dos fenómenos jurídicos: la ley del contrato y el derecho de prenda general de los acreedores.
Por medio del primero, se entiende que todo contrato legalmente celebrado constituye una verdadera ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. De esta manera, todo contrato lleva consigo una fuerza obligatoria que constriñe al deudor a cumplir su prestación.
Por su parte, el derecho de prenda general de los acreedores permite a cualquier acreedor solicitar al tribunal el cumplimiento de la obligación, mediante la realización de todos los bienes embargables del deudor, sean presentes o futuros, si este no efectúa un cumplimiento voluntario, perfecto, íntegro y oportuno de su obligación.
Extinción de las obligaciones
- Pago efectivo.
- Pago por consignación.
- Pago con subrogación.
- Pago por cesión de bienes.
- Pago con beneficio de competencia.
- Dación en pago.
- Compensación.
- Confusión.
- Remisión.
- Resciliación.
- Transacción.
- Novación.
- Anticresis.
- La muerte en los contratos intuitu personæ.
- La renuncia en el mandato, en la sociedad, en el fideicomiso, en el usufructo y en la servidumbre.
- El desahucio en el arrendamiento.
- La redención en el censo.
- La revocación en el mandato.
- La pérdida de acciones en la fianza.
- El abuso de la prenda.
- La cancelación de la hipoteca.
- La pérdida de la cosa debida en las obligaciones de dar una especie o cuerpo cierto.
- La imposibilidad de ejecución en las obligaciones de hacer.
- La finalización del negocio para que fue contraída la sociedad.
- La destrucción de la cosa común en la comunidad.
- La división del haber común en la comunidad.
- El plazo extintivo en los contratos de tracto sucesivo.
- La caducidad.
- La prescripción.
- La nulidad.
- La resolución.
- El divorcio en el matrimonio.
Véase también
Referencias
- ↑ «Derecho de las obligaciones». Enciclopedia jurídica. Consultado el 12 de diciembre de 2014.
- ↑ Stitchkin, David (1948). Derecho Civil. Santiago de Chile: Editorial Universitaria S.A.
- ↑ «Derecho de Contratos». Justipedia. 28 de abril de 2012. Archivado desde el original el 2 de abril de 2015. Consultado el 15 de marzo de 2015.
- ↑ «Clasificación de los contratos según el código civil». Gerencie.com. 9 de diciembre de 2011. Consultado el 15 de marzo de 2015.
- ↑ «Obligaciones de Dar, Hacer y No Hacer». Scribd. Consultado el 15 de marzo de 2015.
Bibliografía
- Martínez Aguirre de Aldaz, C. (2011). Curso de Derecho Civil. Volumen II: Derecho de Obligaciones (3ª edición). Madrid, España: Editorial Colex.